El trámite de renuncia voluntaria permite al trabajador emitir y ratificar ante la Dirección del Trabajo (quien actúa como Ministro de Fe), su renuncia voluntaria al contrato de trabajo, Verificando su identidad y Consignando la fecha en que se realiza la ratificación de la renuncia
Click aquí para ver el manual de uso de este trámite (tanto para trabajadores como empleadores)
ver también modelo de carta de renuncia para imprimir. Luego de modificarla se puede imprimir y presentarse ante un ministro de fe (Click aquí para más detalles)
Para realizar el trámite de renuncia voluntaria en línea debe tener su clave única (Si aún no la posee visite esta página.) Debe ingresar al Portal Mi DT. Si es primera vez que lo utiliza se recomienda que antes visite esta página.
Una vez haya ingresado al Portal Mi DT debe ingresar al perfil trabajador y seleccionar La Renuncia voluntaria después de pinchar en Actuaciones Ministro de Fe
Aparecerá un formulario como el de la foto siguiente en el que se deberá llenar con los datos del empleador (Si ingresa el RUT y clickea la lupa deberían autocompletarse el resto de datos). Solo faltaría colocar la fecha desde la cual se hará efectiva la renuncia. Puede ser el mismo día y hasta 364 días después. No puede ser antes que la fecha actual, la que automáticamente se selecciona y no se puede cambiar.
Para finalizar se debe hacer click en el botón verde visualizar renuncia, el que mostrará un borrador de la renuncia que debe ser aceptado. Si se cometió algún error se debe presionar volver. También se permite remitir una copia de la carta de renuncia al ratificarla, por ejemplo para enviarla al empleador. Si el empleador está en el sistema electrónico, le llegará la actuación, lo que no cuenta como notificación legal (que debe ser via escrito directamente o mediante carta certificada)
Click aquí para ver el manual de uso de este trámite (tanto para trabajadores como empleadores)
Marco legal.
El inciso 2 del artículo 159 del Código del Trabajo establece que el contrato de trabajo terminará por renuncia del trabajador, dando aviso al empleador con 30 días de anticipación, a lo menos. Usted como Trabajador(a) podrá emitir y ratificar ante la Dirección del Trabajo su renuncia voluntaria al contrato de trabajo.
Toda la información y contenido que usted como Trabajador(a) declare en su renuncia es de su exclusiva responsabilidad y no constituye una certificación por parte de la Dirección del Trabajo.
La Dirección del Trabajo, actuando como ministro de fe, sólo certificará que usted ha emitido y ratificado la renuncia voluntaria ante esta autoridad mediante la utilización de Clave Única del Estado y en la fecha respectiva.
Es deber del Trabajador(a) dar aviso oportuno a su empleador de la renuncia ratificada ante esta Dirección, lo cual debe ser realizado personalmente por el Trabajador(a) de manera escrita vía carta personal o certificada.
Sin perjuicio de lo anterior, la renuncia será puesta a disposición del empleador en el portal Mi DT, en caso que éste se encuentre habilitado en el portal. Asimismo, al final del trámite usted podrá indicar un correo electrónico del empleador para enviar una copia de la renuncia.
Si no se cuenta con clave única puede realizarse la renuncia descargando un modelo de carta de renuncia voluntaria, el que puede modificarse, imprimirse y ratificarse ante un ministro de fe. Más información haciendo click en la imagen de abajo