Nulidad del despido en Chile
La Nulidad del despido ocurre cuando el empleador intenta despedir a un trabajador sin haberle pagado íntegramente las cotizaciones previsionales, de salud y seguro de cesantía (hasta el último día del mes anterior al del despido).
Si el empleador no paga estas obligaciones, el trabajador puede presentar una demanda por nulidad de despido ante los tribunales de justicia. Si se acoge la demanda el empleador deberá pagar todas las cotizaciones adeudadas hasta el momento del despido, más las adeudadas hasta el momento de dictar sentencia, ya que se considera que la relación laboral continúa. Es una forma de castigo que impone la ley al empleador que incurría en esta práctica común que no tenía mayores castigos. Hablamos de la ley Bustos.
Ley Bustos
La ley 19.631 promulgada en 1999 es la que introduce el cambio en el artículo 162 del código del trabajo, que permite la nulidad del despido. Es llamada Ley Bustos en honor al Diputado, dirigente sindical y ex Presidente de la CUT Manuel Bustos Huerta, uno de los principales autores de la medida, quien falleció días después de publicada la ley.